BRAINSTORMING
El viernes tarde, recibimos una convocatoria de reunión del Director General de Relaciones Laborales de la Generalitat. Estamos citados los sindicatos y, por parte de la empresa, Fabrizzio Rutchsmann y Gianluca Dellepiane. A las 19 horas en el Departamento de Trabajo en Barcelona.
Una mala hora para poder concentrarnos. Mal para el turno de la tarde, mal para el turno de la noche y mal (vete a saber a que hora termina la reunión) para el turno de la mañana...
Espero que asista F. Rutchsmann. Quizás envía a alguno de sus becarios (que rima con sicarios)...¿Que podemos esperar de esta reunión? Podéis llamarme pesimista, pero no creo que haya novedades con respecto al discurso que los abogados de Roca Junyent han mantenido desde el día 3 de setiembre. Es decir la constatación de que estamos hablando del cierre de la planta de Manresa en 3 años.
Insisto, aunque me haga pesado: La memoria económica dice, textualmente, que el despido de 280 trabajadores/as es una medida “necesaria pero no suficiente” y el plan de viabilidad (que la empresa misma no se atreve a llamar plan de viabilidad sino Ampliación de la memoria) no expone cual es y cuando se producirá la medida “suficiente” para que la planta de Manresa deje de tener “supuestas” pérdidas.
Esta medida suficiente se resume en lo siguiente: adjudicación de productos de mayor valor añadido y las inversiones necesarias para que sé de el cambio tecnológico que permita su producción. Cierto es. que el momento actual es de crisis, nadie puede negarlo (artículo de hoy en la Vanguardia, sobre la industria automovilística, da escalofríos) pero, y a modo de ejemplo, en la fábrica de Rumanía están previstos no-se-cuantos millones de euros de inversión. En este momento la inversión se ha reducido al mínimo como consecuencia de la crisis, pero existe una estrategia industrial, existe un plan industrial y cuando la coyuntura económica mejore se ejecutaran las previsiones de inversión.
Si Rutschmann pone de manifiesto la ausencia de estrategia industrial para Manresa, y para eso solo debe repetir lo que nos han dicho los abogados de la empresa desde el 3 de setiembre, será la constatación “oficial” de que estamos ante el cierre a plazos de Pirelli Manresa (Huguet en una entrevista en TV3, la que No es nostra, hace pocos días, ya dijo que Pirelli permanecería en el Bages como marca)
Ante esta situación, ¿Tenemos la fuerza y la capacidad de influencia suficiente para hacer cambiar a la multinacional de opinión?
Si la respuesta es si, las movilizaciones deberán ir encaminadas a este fin. Y la mejor manera es promover un boicot a la marca Pirelli. Sin ánimo de desmoralizar a nadie. Gillette cerró su fábrica en España y hasta el ex-Conseller de Treball e Industria, Rañé, dijo públicamente que él no utilizaba productos Gillette. El tiempo pasa y Gillete sigue vendiendo en el mercado Español. En la misma linea, Nissan realizó un estudio de mercado y una de las conclusiones era que un 10% de las ventas en el mercado español se debían a que Nissan fabrica en España.
Pirelli vende en mercado Español y Portugués, aproximadamente, 2.000.000 de cubiertas año. El 10% son, solo 200.000 cubiertas.
Si consideramos que no podemos cambiar la decisión de Pirelli nos encontramos en otro escenario. Reunión del miércoles.- Es posible que la empresa, como ya anunció en la última reunión, presente su Plan social (es decir: indemnizaciones).
A partir de aquí dos opciones: contra informe o bien empezar a discutir las condiciones de salida de todos los trabajadores/as de Pirelli, ahora y a futuro.
En consecuencia las movilizaciones en cada uno de los 3 escenarios, y si no hay elementos nuevos en la reunión del martes, deberán enfocarse hacia los objetivos que nos propongamos.
Dicho esto, soy incapaz de comprender que haya personas que critiquen al Comité porque haya trabajadores/as que tomen iniciativas...Solo les falta gritar VIVA FRANCO!! Uno que mande y los demás a obedecer. Que colectivos de trabajadores/as tomen iniciativas de movilizaciones me parece lo mejor que nos podía suceder.
Es la plasmación de “la importancia y fuerza de las ideas colectivas” que decía Lennin (el capitalismo ha hecho suya esta teoría, la ha rebautizado y ahora lo llaman brainstorming, tormenta de ideas). Toda la vida de dios, criticando al Comité porque no escuchaba a los trabajadores/as y ahora que los escucha y los secunda, todo son criticas.
Sobre ideas de movilizaciones, solo una sugerencia:
Como me contaba un veterano; la empresa siempre nos ha pedido trabajar más y contra eso es fácil luchar, ahora es justo lo contrario (no vayamos a pagar nosotros la flexibilidad).
Sobre el comentario que no dejamos participar a los minoritarios. Oiga, CGT propuso trabajar algunos domingos extrajornada en más porque no se cumplían los plazos establecidos en convenio. Se han trabajado... no? CGT entendía que era beneficiar a la empresa adelantar la supresión de los domingos extra y el resto del Comité lo asumió (nos abstuvimos en la votación). Creo recordar que fue USOC que propuso hacer una acampada y los demás grupos lo asumimos... No recuerdo que hayamos rechazado ninguna propuesta de movilizaciones, ni de mayoritarios ni de minoritarios.
Como curiosidad, el número de lotería que juegan los trabajadores de Nissan para el sorteo de navidad de este año: 01680, que coincide con el número de trabajadores/as afectados por el ERE y claro está, ha sido una propuesta de un grupo de trabajadores/as, no del Comité de empresa.
126 comentarios
con un pie fuera -
para los que se rien que un colectivo vallan ala calle seguro y que no se mojen mas
escusandose que algunos de relevo no fueron alas manifestaciones ,felicitarlo
y que la vida le valla bien
como dije antes no me llevo nada bueno pues en pirelli de estas personas hay bastante debe de ser por la calidad de vidad que se tiene ,a mas dinero mas egoista
bueno estas navidades brindare por todos buenos y malos,currantes o vagos,feos y guapos ,y el año que viene a casita que despues de 20 años trabajados ya me ganado el paro .un saludo y suerte
RDA -
Hola -
Esta tarde he estado en la feria, y mientras paseaba, se me ha venido una idea en la cabeza. El problema es que he pensado demasiado tarde, pero hubiera sido buena creo.
La propuesta era que podiamos haber puesto una paradita para recoger firmas en contra del despido de 280 compañer@s y presentarlas entre el lunes y el jueves a la administracion de trabajo y a Tronchetti, para que vieran que es una parte muy importante para Manresa y lo que hubiera implicado eso.
No se si hubiese servido de algo, pero al igual hubiesemos echo en que se pensaran un poco mas el tema.
Se me ocurrió cuando he visto que en Cristo rey, habia un stand de coches !!!
Pensaba que esto era en el expobages!!!!
Si hay algo asi, es decir, algun evento por el expobages o el Campi qui jugui, o cualquier cosa, que os parece?
Podria funcionar?
Es algo que dejo ahi
para pp -
PP -
"Michelin propone 40 días de inactividad laboral por trabajador para el próximo año"
No implicaría rebajas de salarios pero ese cupo de jornadas sería recuperable por la empresa cuando lo necesitase Recorta su producción por la caída de ventas en automoción
29.11.08 - VICENTE AGUIRRE
PIT I COLLONS -
Per altra banda crec que ens hem de deixar de guerres entre els operaris i anar TOTS A UNA, que lenemic és PIRELLI i el gabinet dadvocats contractats per aquesta. Per això tant demà 1 de desembre com el dijous 4 de desembre, hem dagafar tots els busos per anar a manifestar-nos. I quan dic tots, vull dir TOTS els que no els toqui treballar. No hi ha excusa per no anar-hi.
Força companys i com deia el meu avi PIT I COLLONS
para pensando con la cabeza -
Pensando con la cabeza -
rebelión -
También me gustaría hacer una crítica a algún delfín de ccoo, que va diciendo por ahí que lo importante són los que se queden.
un mes -
Rufino -
A veure si ens deixem de histories... -
Horacio Echevarrieta -
para Prestamo vivienda -
Prestamo vivienda -
Yo debo los 6.000 euros íntegros, y releyendo el contrato veo que me iré casi pagando.
manis -
estoy de fiesta y no me e enterado de nada.
tendriamos que seguir liandola en el eje a la altura de sallent se lian buenos pollos y salimos en la prensa.
AVISAR POR AQUI SI HAY ALGO
wki-2002 -
@@@@@@ -
bienvenidos -
haber sobran 280 trabajadores y estamos hablando de 98 quedan casi 200 mas,alguien se alegra de eso,alguien puede estar tranquilo??
El que se alegre pon aqui su nombre pa escupirle en la cara,EL ENEMIGO ES PIRELLI Y TENEMOS QUE IR TODOS A UNA Y LOS QUE NO IVAN ANTES A LAS MANIS TAMPOCO IRAN AHORA SUPONGO.
Y LO QUE DIJE ANTES SI SE APRUEVA EL ERE LA EMPRESA DESPIDE A UNO DE RELEVO TIENE QUE INDEMNIZAR AL DE RELEVO Y AL PREJUBILADO,PERO EL PREJUBILADO NO TIENE NI VOZ NI VOTO NI PUEDE ELEGIR LO INDEMNIZAN Y SE ACABO,creo?
Relevista -
He ido a todas las mani. y cortes de carretera que he podido (casi todos) y voy a seguir así hasta el dia que me larguen.
Pero me sabe muy mal que haya tanta gente que se alegre despues de la noticia de los 98 relevistas que vamos a la calle.
Siempre habia creido que en PIRELLI no sobra nadie y que PIRELLI somos todos, pero parece que ahora eso ya no es así.
Solo una cosa mas, suerte a todos relevistas o no.
Sorprendido -
Esto se acaba y me sabe mal por los que llevan 30 años en la empresa y tienen entre 45 y 52 eso si es una putada, los demas o se prejubilan o son jovenes y tienen tiempo para buscar algo y empezar a cotizar, respecto al tema de indemnizar a los que se vayan igual que a los que se quedan cuando esto cierre, menudos compañeros soys, vender una parte de los que se van para garantizaros la vuestra al cabo de 2 o 3 años, eso es solidaridad, si señor.
QUE MÁS DA -
MIERDA DE CAPITALISMO Y MIERDA DE UNIÓN EUROPEA que permite que sus empresas la abandonen. NACIONALIZACIÓN.
HASTA LOS HUEVOS -
para bienvenidos -
EL LUNES IRE A BARNA A DEFENDER MI PUESTO Y EL DE MIS COMPAÑEROS, TODOS MIS COMPAÑEROS.
si no hay ere -
Si quiere echar a un prejubilado tendría que despedirlo improcedentemente y no mediante "acuerdo" (y digo "acuerdo" porque ahí solo "acuerda" uno y se jode a otro, es como si yo te invito a comer pero la factura se la paso a mi vecino). Si es despido improcedente tendría que indemnizar al preju con 45 días año (osea, un paston que el preju se muere del infarto.) y despedir entonces al relevista tambien improcedentemente. Es por eso que la empresa quiere "comprar" las voluntades de los prejubilados.
Yo en mi opinión, que se metan el ERE por el culo y de aquí a 6 meses ya veremos. ¿Que presentan pérdidas? Tenemos 6 meses para preparar medidas contra la empresa y no tener que ir improvisando como hasta ahora, que la noticia de la no-fabrica nos ha dejado en estado de shock desde julio hasta hace 4 días.
Saludos y el lunes nos vemos TODOS en Barcelona. A las 14:00 en Pirelli.
bienvenidos -
YA SE QUE HAY MAS DE UN DECEPCIONADO QUE CREIA QUE NO ESTABA EN PELIGRO,MENUDO ILUSO EN DOS O TRES AÑOS ESTO VA A CERRAR Y TODOS ESTAREMOS EN LA CALLE.
Tenemos que ir toda la plantilla unida, lo que no puede ser que en las manis que hacemos como mucho el dia bueno vayan 300 personas y normalmente 150 a 200 personas DE UNA PLANTILLA DE 800 TRABAJADORES.
Una pregunta:si no hay acuerdo del ERE y la generalitat lo aprueva,el plan social que nos han presentado sera valido???
Y si es valido supongo que los prejubilados a los que indemnicen no tendran otra opcion que coger lo que les toque por que tambien seran despedidos al igual que el de relevo que les suplia?
Vamos que no nos preguntaran si nos interesa simplemente todo tirara para adelante.
decepcionado -
En fin, que en Pirelli ya está claro quienes sobran...
reflexión -
Animos Comité, solucionarlo todo lo mejor que podaís que no va a ser tarea fácil.
Que mal!! -
Si estuviera adentro no dudes que negociaria i, si hubiera firmado un convenio como el que se firmo y no se hubiera hecho la fábrica nueva, habria dimitido por incompetente. No lo dudes!!.
En las últimas elecciones estava en las listas pero no salí. No me acostumbro a esconder diciendo cosas como: ¿ Va, esto no va conmigo? O cosas así.
Per crítican... no arreglarem res:
El refrany que menciones es: "Dime con quien andas y te diré quien eres". En un dels seus pàrrafs deia Martin Niemöller:
- Primer van venir a buscar al comunistes i no vaig dir res perquè no era comunista
- Després van venir pels jueus i no vaig dir res perquè no era jueu
- Després vinguren a buscar als sindicalistes i no vaig dir res perquè no era sindicalista
- Després vingueren pels catòlics pero no vaig dir res perquè era protestan
- Després vingueren a per mi, però llavors ya no quedaba ningú que digués res.
Bé a lo millor aquest es el teu cas, tú mateix, si creus que et va bé de la manera que anem, quan vulguis reaccionar potser serà tard
UNO QUE ESTA EN EL SACO -
PP -
MULTINACIONALS,
paraïsos
fIscalS
més Informació:
http://www.kaosenlared.info/especial/noalas65h
http://www.moviments.net/xarxacontratancaments
Manifestació
novembre
Pl. universitat (BCN), 17.30 h
29
paguin els rics!
que la crisi la
convoca:
campanya: que la crisi la paguin els rics!
PREJUVILADO -
PP -
El empleado de una entidad bancaria despedido de forma improcedente puede seguir disfrutando de los créditos con intereses ventajosos mientras trabajaba para esta
Un empleado de una entidad bancaria suscribió un contrato de crédito al consumo con dicha entidad. En las condiciones generales de dicho crédito se especificaba la resolución del contrato sí desaparecía el vínculo laboral que los unía. En dichas condiciones se recogía el supuesto de despido improcedente como supuesto expreso de resolución.
Meses después la empresa comunicó al empleado su despido por causas disciplinarias, despido que más adelante fué declarado improcedente en los juzgados de lo Social.
En la presente resolución el Tribunal Supremo declara abusivas las claúsulas de del préstamo por considerarlas "impuestas al trabajador, implicar un desequilibrio de derechos y obligaciones y un perjuicio desproporcionado y no equitativo al trabajador prestatario, por quedar en manos del empresario, no solo la extinción unilateral del contrato de trabajo por despido - que es declarado improcedente-, sino también del contrato de préstamo, sin prever alternativa alguna en tal caso, respecto a las condiciones de amortización de futuro del capital pendiente de reintegro; siendo la referida cláusula contraria al orden público laboral, y atentatoria al principio de libertad de trabajo".
Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo social, de 4 diciembre 2007
Tribunal: Tribunal Supremo
Fecha: 04/12/2007
Jurisdicción: Social
Recurso de Casación para la unificación de la doctrina 507/2007
Ponente: Excma. Sra. Dª. Rosa María Virolés Piñol
CRÉDITOS A EMPLEADOS DE BANCA: REINTEGRO ANTICIPADO DE PRESTAMOS CONCEDIDOS A EMPLEADOS DE ENTIDADES BANCARIAS EN CASO DE DESPIDO DISCIPLINARIO. Convenio Colectivo que no contiene previsión al respecto. Cláusula que se califica de abusiva, en el caso de extinción del contrato por despido improcedente.
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a cuatro de Diciembre de dos mil siete.
Vistos los autos pendientes ante esta Sala en virtud de recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el Letrado D. Salvador Vivas Puig, en nombre y representación de DON Emilio , contra la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de fecha 15 de noviembre de 2006 PROV 2007, 144503, recaída en el recurso de suplicación nº 4175/06, que resolvió el formulado contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 25 de Madrid, dictada el 17 de febrero de 2006, en los autos de juicio nº 939/05, iniciados en virtud de demanda presentada por Bankinter, S.A. contra D. Emilio , sobre Cantidad.
Es Magistrada Ponente la Excma. Sra. Dª. ROSA MARÍA VIROLÉS PIÑOL Magistrada de Sala.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 17 de febrero de 2006, el Juzgado de lo Social nº 25 de Madrid, dictó sentencia en la que consta la siguiente parte dispositiva: "Que estimando la demanda formulada por BANKINTER SA contra Emilio debo condenar y condeno al demandado a abonar a la parte actora la suma de 23.308'58 euros."
SEGUNDO.- Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- El demandado Don Emilio , con D.N.I. NUM000 , ha venido prestando sus servicios para la empresa demandada desde el 26 de febrero de 1999 con la categoría de Administrativo Nivel XI y un salario anual bruto de 19.228'33 euros; SEGUNDO.- La relación laboral entre las partes se formaliza en contrato de trabajo eventual de fecha 26 de febrero de 1999 (documento nº 1 del ramo de prueba de la parte actora); TERCERO.- Con fecha 10 de abril de 2002 las partes suscriben póliza de préstamo a empleados por importe de 17.141 euros (préstamo al consumo), en cuya cláusula 9.7 se pacta como causa de resolución del contrato, autorizando al Banco a cerrar la cuenta y exigir desde el cierre el reembolso del saldo "la extinción de la relación laboral del titular con el Banco cualquiera que sea su causa (expresamente se establece como causa el despido aún declarado improcedente) o por suspenderse dicha relación en razón de que el Titular pasara a la situación de excedencia o por cualquier otra causa, teniendo en cuenta, como se ha manifestado anteriormente, que este préstamo se concede en atención a la condición de empleado en activo del Titular y que su solvencia está respaldada por la retribución a la que como empleado tiene derecho" (documento nº 21 de la actora y nº 4 de la demandada). A fecha del cierre, 24 de agosto de 2005, la póliza arrojaba un saldo deudor de 6.192'94 euros (documento nº 22 de la actora); CUARTO.- Del propio modo el 5 de febrero de 2004 las partes suscriben póliza de préstamo a empleados de Bankinter a un interés variable por importe de 18.730 euros (préstamo para la vivienda), cuya cláusula 9.7 prevé la resolución del contrato "por extinguirse la relación laboral del titular con el Banco cualquiera que sea su causa (expresamente se establece como causa el despido aún declarado improcedente) o por suspenderse dicha relación en razón de que el Titular pasara a la situación de excedencia o por cualquier otra causa, teniendo en cuenta, como se ha manifestado anteriormente, que este préstamo se concede en atención a la condición de empleado en activo del Titular y que su solvencia está respaldada por la retribución a la que como empleado tiene derecho" (documento nº 23 de la actora y nº 5 de la demandada). A fecha del cierre, 24 de agosto de 2005, la póliza arrojaba un saldo deudor de 17.115'64 euros (documento nº 24 de la actora); QUINTO.- Mediante carta de fecha 8 de noviembre de 2004 la empresa comunica al actor el despido disciplinario con efectos desde esa misma fecha. Deducida demanda por despido, la misma fue turnada al Juzgado de lo Social nº 1 de esta Capital, Autos 1085/04, que con fecha 31 de marzo de 2005 dicta sentencia desestimando la demanda y declarando la procedencia del despido. Recurrida en suplicación la anterior resolución por el demandante, el TSJ de Madrid dicta sentencia de fecha 22 de noviembre de 2005 , en la que, con estimación del recurso de suplicación, se declara la improcedencia del despido. La sentencia del TSJ de Madrid no es firme al haber formalizado recurso de casación la empresa. De todas formas ésta ha optado por la indemnización (documentos nº 15 a 20 de la demandante y nº 2 de la contraparte, cuyo contenidos se da por reproducido); SEXTO.- La empresa demandada se halla afecta al Convenio Colectivo de Banca para los años 2005-2006 RCL 2005, 1622 (BOE 2-8-2005 ); SEPTIMO.- Acciona la parte demandante en reclamación de 23.308'58 euros en concepto de saldo deudor de las pólizas de préstamo suscritas por las partes; OCTAVO.- Con fecha 7 de octubre de 2005 tuvo lugar el acto de conciliación ante el SMAC con el resultado de celebrado sin avenencia, anunciando la parte demandada reconvención que no ha sostenido en el acto del juicio.".
TERCERO.- Contra la anterior sentencia, D. Emilio formuló recurso de suplicación y la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, dictó sentencia en fecha 15 de noviembre de 2006 PROV 2007, 144503 , en la que consta el siguiente fallo: "Que debemos desestimar y DESESTIMAMOS el recurso de suplicación interpuesto por D. Emilio contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 25 de los de Madrid, de fecha 17-02-06 en virtud de demanda formulada por BANKINTER S.A. contra D. Emilio , en reclamación de CANTIDAD, y en consecuencia debemos confirmar y CONFIRMAMOS la sentencia de instancia. Sin costas.".
CUARTO.- Contra la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el Letrado de D. Emilio , interpuso el presente recurso de casación para la unificación de doctrina, que se formalizó ante esta Sala mediante escrito fundado en la contradicción de la sentencia recurrida con la dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha nº 1318/1993, de fecha 21 de diciembre de 1993 , rec. suplicación 882/1993.
QUINTO.- Se admitió a trámite el recurso, y tras ser impugnado por la parte recurrida, se pasaron las actuaciones al Ministerio Fiscal para informe, el cual fue emitido en el sentido de estimar improcedente el recurso.
SEXTO.- Se señaló para la votación y fallo el día 29 de noviembre de 2007, llevándose a cabo tales actos en la fecha señalada.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- La cuestión que se plantea en el presente recurso de casación para la unificación de doctrina versa sobre la validez o no de las cláusulas de los contratos de préstamo reclamados, impugnadas por abusivas, en cuanto que se prevé la resolución del contrato "por extinguirse la relación laboral del titular con el Banco cualquiera que sea su causa (expresamente se establece como causa el despido aún declarado improcedente) o por suspenderse dicha relación en razón de que el titular pasara a la situación de excedencia o por cualquier otra causa, teniendo en cuenta (...) que este préstamo se concede en atención a la condición de empleado en activo del Titular y que su solvencia está respaldada por la retribución a la que como empleado tiene derecho".
SEGUNDO.- 1.- El artículo 217 de la Ley de Procedimiento Laboral RCL 1995, 1144, 1563 exige para la viabilidad del recurso de casación para la unificación de doctrina que exista una contradicción entre la resolución judicial que se impugna y otra resolución judicial que ha de ser una sentencia de una Sala de lo Social de un Tribunal Superior de Justicia o de la Sala IV del Tribunal Supremo. La contradicción requiere que las resoluciones que se comparan contengan pronunciamientos distintos sobre el mismo objeto, es decir, que se produzca una diversidad de respuestas judiciales ante controversias esencialmente iguales y, aunque no se exige una identidad absoluta, sí es preciso, como señala el precepto citado, que respecto a los mismos litigantes u otros en la misma situación, se haya llegado a esa diversidad de las decisiones pese a tratarse de "hechos, fundamentos y pretensiones sustancialmente iguales". Por otra parte, debe tenerse en cuenta que la contradicción no surge de una comparación abstracta de doctrinas al margen de la identidad de las controversias, sino de una oposición de pronunciamientos concretos recaídos en conflictos sustancialmente iguales (Sentencias de 27 RJ 1992, 74 y 28 de enero de 1992 RJ 1992, 131 (R. 824/1991 y 1053/1991), 18 de julio RJ 1997, 5870, 14 de octubre RJ 1998, 443, y 17 de diciembre de 1997 RJ 1997, 9482 (R. 4035/4996, 94/1997, y 4203/1996), 23 de septiembre de 1998 RJ 1998, 7300 (R. 4478/1997), 7 de abril de 2005 RJ 2005, 4524 (R. 430/2004), 25 de abril de 2005 RJ 2005, 4712 (R. 3132/2004) y 4 de mayo de 2005 RJ 2005, 3774 (R. 2082/2004 ).
2.- Ha de estimarse que en el presente caso concurre la contradicción requerida por el precepto, entre la sentencia recurrida dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 15-11-06 PROV 2007, 144503 y la citada como referencial, de la Sala de lo Social del T.S.J. de Castilla-La Mancha de 21 de diciembre de 1993 (Rec. 882/93 ), firme en el momento de publicación de la recurrida, en las que no obstante la similitud de hechos, se llega a conclusión divergente:
En la sentencia recurrida, se analiza la cuestión relativa a la validez de la cancelación anticipada de los préstamos concedidos al trabajador -en este caso demandado- por la entidad bancaria que fue su empleadora, como consecuencia del despido de aquél. La Sala estima la pretensión de la empresa demandante, habida cuenta que dichos préstamos se concedieron en atención a la cualidad de empleado del prestatario, y con la garantía de reintegro que suponía el salario percibido. Por lo demás, las cláusulas que contemplan dicho reintegro anticipado en caso de resolución de la relación laboral se consideran igualmente válidas. Y todo ello sobre la base de la eficacia extintiva del acto de despido, sin perjuicio de la suerte que el mismo corra en virtud de una eventual impugnación. En el caso concreto, la sentencia de instancia declarando la procedencia del despido fue impugnada en suplicación, donde se estimó el recurso del trabajador, sentencia que a su vez es recurrida por la empresa en casación para la unificación de doctrina. En el caso, la empresa optó por la indemnización y no por la readmisión. La Sala de Suplicación confirma la sentencia de instancia, estimatoria de la reclamación de cantidad deducida por le empresa en concepto de reintegro del saldo pendiente de las cuentas de préstamo aludido.
Interpuesto el presente recurso por el trabajador demandado, se invoca como sentencia de contraste la de la Sala de lo Social de Castilla-La Mancha de 21 de diciembre de 1993 , y denuncia como infringidos, además del art. 7.2 del Código Civil LEG 1889, 27 , los preceptos que cita del convenio colectivo de aplicación en el sector de banca privada, que la Sala consideró referidos a los anticipos y no a los préstamos. La sentencia de contraste llega a conclusión divergente, en razón a que las cláusulas sobre la devolución anticipada del capital pendiente a un empleado por la entidad bancaria empleadora, carecían de cobertura por parte del convenio colectivo aplicable, que nada establecía al respecto, considerándose que la cláusula de referencia es abusiva.
Como se ha dicho, ha de apreciarse la concurrencia de contradicción, por cuanto las circunstancias fácticas con relevancia jurídica, reflejadas en ambas sentencias son sustancialmente iguales; dándose además la circunstancia de que tanto el convenio colectivo de banca en la edición aplicable al caso de la sentencia de contraste, como las dos ediciones que cita la parte, la del XIX RCL 2004, 633 y XX RCL 2005, 1622 Convenios Colectivos, arts. 39 y 40 respectivamente, tampoco contienen previsión alguna sobre el reintegro anticipado en caso de despido.
Sin que a ello obste, que en el caso de la sentencia de referencia se analice un supuesto de préstamo para la adquisición de vivienda; y en la sentencia recurrida sean dos las pólizas de préstamo suscritas, una para el consumo y la otra para la adquisición de vivienda, pues la cuestión que se plantea es idéntica y en ambos casos se suscribe idéntica cláusula para el supuesto de resolución del contrato.
TERCERO.- Evidenciada la existencia del presupuesto de contradicción es preceptivo entrar a conocer de la infracción denunciada por el recurrente del artículo 7.2 del Código Civil LEG 1889, 27 en relación con los artículos 39 del XVIII Convenio Colectivo de Banca RCL 1999, 2929 y 40 del XIX Convenio Colectivo de Banca RCL 2004, 633.
Alega el recurrente que en los preceptos convencionales nada se dice sobre la posibilidad de resolver anticipadamente el contrato de préstamo en caso de extinción de la relación laboral, por lo que "las cláusulas de los contratos de préstamo en estos casos de extinción del contrato de trabajo, están carentes de cobertura en el pacto colectivo que les sirve de soporte, y en consecuencia, deben entenderse como cláusulas abusivas y nulas".
Como se ha señalado, en la sentencia recurrida, se analiza la cuestión relativa a la validez de la cancelación anticipada de los préstamos concedidos al trabajador -en este caso demandado- por la entidad bancaria que fue su empleadora, como consecuencia del despido de aquél que fue declarado improcedente por la Sala de suplicación, habiendo optado la empresa por la indemnización y no por la readmisión. La Sala de suplicación estima la pretensión de la empresa demandante, habida cuenta que dichos préstamos se concedieron en atención a la cualidad de empleado del prestatario, y con la garantía de reintegro que suponía el salario percibido; y estima que las cláusulas que contemplan dicho reintegro anticipado en caso de resolución de la relación laboral son válidas.
Las partes suscribieron sendas pólizas de préstamo, en fecha 10 de abril de 2002, de préstamo a empleados (préstamo al consumo); y en fecha 5 de febrero de 2004, igualmente de préstamo a empleados de Bankinter (préstamo para la vivienda). En ambas pólizas se incluye idéntica cláusula, de resolución del contrato "por extinguirse la relación laboral del titular con el Banco, cualquiera que sea su causa (expresamente se establece como causa el despido aún declarado improcedente) o por suspenderse dicha relación en razón de que el Titular pasara a la situación de excedencia o por cualquier otra causa, teniendo en cuenta (...)que este préstamo se concede en atención a la condición de empleado en activo del Titular y que su solvencia está respaldada por la retribución a la que como empleado tiene derecho".
CUARTO.- Refiere la sentencia recurrida que "(...)Tanto la doctrina científica como la Jurisprudencia han coincidido, en términos generales, en la naturaleza extintiva de la resolución empresarial del despido, que lleva a determinar el carácter autónomo y constitutivo del acto mismo del despido, que ni siquiera se desvirtúa en los casos de despido nulo. Así resulta de los arts. 49.11 y 54.1 del ET RCL 1995, 997 y del art. 3 del Convenio 158 de la O.I .T RCL 1985, 1548. Así lo atestigua el Tribunal Constitucional, que en sentencia 33/1987,de 12 de marzo RTC 1987, 33 , invoca la jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo y la doctrina del Tribunal Central de Trabajo en el sentido de que la relación laboral a consecuencia del acto empresarial de despido se encuentra rota y el restablecimiento del contrato de trabajo sólo tendrá lugar cuando haya una readmisión y además ésta sea regular.
Es cierto -y en ello podría detenerse una aparente razón contraria, más de entrada que de fondo- que el art. 211 de la LPL RCL 1995, 1144, 1563 se refiere al auto que >; pero lo que el precepto contempla aquí es la relación laboral restablecida en virtud de la sentencia recaída al entablarse la acción de despido.
Así, se diferencia en nuestro Derecho la resolución unilateral del contrato de trabajo en virtud del despido acordado por el empresario, de la acción de resolución implícita en las obligaciones recíprocas, regulada en el art. 1124 del Código Civil LEG 1889, 27 , en que la resolución sólo se produce automáticamente cuando las partes explícitamente hayan convenido que el incumplimiento tenga la virtualidad de una condición resolutoria -entre otras, sentencias de la Sala Primera de este Tribunal de 8 de mayo de 1965 RJ 1965, 2519, 24 de febrero de 1966 RJ 1966, 1533 y 6 de octubre de 1986 RJ 1986, 5239 -; en que el art. 1124 faculta para pedir la resolución a partir del incumplimiento, sin que determine la resolución automática, salvo que pacto explícito indicado -sentencias de la misma Sala de 14 de noviembre de 1962 RJ 1962, 4289, y 28 de septiembre de 1982 RJ 1982, 4926 , entre otras muchas-(...)". Es en base a ello que entiende que la empresa demandante estaba facultada para resolver los contratos de préstamo suscritos con el actor y exigir el reembolso de su saldo.
El recurso merece acogida, por cuanto, como señala la propia Sala Primera de este Tribunal Supremo, entre otras, en sentencia de 13 de noviembre de 1998 RJ 1998, 8742 (núm. 1084/1998 ), en relación con el contrato de adhesión: "(...) La calificación de este contrato es de contrato de adhesión entendiendo por tal aquel en que la esencia del mismo, y sus cláusulas han sido predispuestas por una parte e impuestas a la otra, sin que ésta tenga posibilidad de negociarlas, hacer contraofertas ni modificarlas, sino simplemente aceptar o no; se mantiene la libertad de contratar (libertad de celebrar o no el contrato) pero no la libertad contractual (libertad de ambas partes, no de una sola, de establecer las cláusulas que acepten mutuamente). No se discute la validez del contrato de adhesión, inherente a la realidad actual, pero sí es indudable su control legal y judicial para evitar que una de las partes sufra perjuicios que no deben tolerarse en Derecho (...).
La Ley 26/1984, de 19 de julio RCL 1984, 1906 , general para la defensa de los consumidores y usuarios , en su redacción vigente al tiempo de celebración del contrato y de formularse la demanda, antes de su modificación por Ley 7/1998 de 13 de abril RCL 1998, 960 , sobre condiciones generales de la contratación , daba en su artículo 10 la normativa relativa a las condiciones generales de los contratos; la cláusula de sumisión obrante en el contrato de autos se halla dentro del concepto de condición general que define la propia ley en el artículo 10.2. Asimismo , el artículo 10.1 .c) exige buena fe y justo equilibrio de las contraprestaciones y excluye las cláusulas abusivas en el núm. 3º de este apartado y entiende por tales las que perjudiquen de manera desproporcionada o no equitativa al consumidor, o comporten en el contrato una posición de desequilibrio entre los derechos y las obligaciones de las partes en perjuicio de los consumidores o usuarios; se estima que la cláusula de sumisión, en el presente caso, es abusiva, porque implica un desequilibrio de derechos y obligaciones y un perjuicio desproporcionado y no equitativo a la compradora (...). Y así lo ha entendido la jurisprudencia de esta Sala: sentencias de 23 de julio de 1993 RJ 1993, 6476 , 20 de julio de 1994 RJ 1994, 6518 , 12 de julio de 1996 RJ 1996, 5580 , 14 de septiembre de 1996 RJ 1996, 6715 , 8 de noviembre de 1996 RJ 1996, 7954 , 30 de noviembre de 1996 RJ 1996, 8457 , 5 de julio de 1997 RJ 1997, 6151 y 3 de julio de 1998 RJ 1998, 6113 .
(...) Todo lo cual viene ratificado por la Directiva 93/13/CEE, de 5 de abril de 1993 LCEur 1993, 1071 sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores que consideran abusivas, entre otras y aparte de los conceptos generales, las cláusulas de sumisión, de discutible aplicación con efecto horizontal, frente a las particulares, pero que sí ha sido admitido tal efecto directo, a efectos de declarar nula una cláusula de sumisión, por las sentencias de esta Sala de 8 de noviembre de 1986 , 30 noviembre 1996 y 5 de julio de 1997 (...)".
Igualmente, la misma Sala (Primera del Tribunal Supremo) en sentencia de 15 de septiembre de 1999 RJ 1999, 6936 (núm. 763/1999 ), en relación a la cláusula de sumisión señala que: "(...) El panorama legal ha sufrido una importante modificación a partir de la directiva de la C.E.E., núm. 93/13 de fecha 5 de abril de 1.993 , que define y sanciona de ineficacia a las cláusulas abusivas plasmadas en los contratos celebrados con los consumidores. Esta disposición tiene el carácter de norma de obligada transcripción a los derechos nacionales de los Estados miembros y los Tribunales judiciales de cada Estado deben actuar como Jueces Comunitarios.
En el art. 3º de la misma se definen las cláusulas abusivas de la siguiente forma: " Las cláusulas contractuales que no se hayan negociado individualmente, se considerarán abusivas si, pese a la exigencia de buena fe, causan en detrimento del consumidor un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato (...).
A este criterio interpretativo se llega también por aplicación de la doctrina de abuso del derecho y los criterios de la Ley de Consumidores y Usuarios , y así se expresa en S. de 13-11-98 (...)" .
Esta Sala del Tribunal Supremo, en sentencia de fecha 10 de febrero (sic) de 1990 RJ 1990, 891 , en relación a los préstamos reintegrables o anticipos señala: "(...) Es cierto que ha desaparecido la causa que determinó la concesión del préstamo o anticipo. De entrada, ha desaparecido en la medida en que el recurrente no podrá obtener ya otro préstamo. En nuestro caso el préstamo se concedió cuando el contrato estaba vigente y se daban los presupuestos precisos o la razón de fondo que puso en movimiento el propósito de acción social estipulado en el Convenio Colectivo, esto es cuando existía la causa del contrato y concurrían las notas de su licitud y veracidad (artículos 1.275 y 1.276 del Código Civil LEG 1889, 27 ).
Lo que suscita dudas es lo referente a la desaparición de los presupuestos o circunstancias sobre cuya base se produjo la voluntad negocial, dado que el préstamo se concedió porque el trabajador lo devolvería mediante los descuentos periódicos y correspondientes de sus ingresos salariales, ingresos éstos que determinaron la cantidad anticipada. Esto sugiere de inmediato la aplicación de las doctrinas que, al analizar la eficacia de los contratos, valoran los cambios de esas circunstancias que fueron tenidas en cuenta al contratar, esto es la base del negocio. Pero si se considera la base objetiva del negocio, se advierten en el caso estas dos circunstancias que atemperan la fría aplicación de la teoría de la desaparición de tales presupuestos: de un lado es claro que el pacto puede realizarse y cumplirse aunque el deudor no esté en la empresa, lo que conduce a concluir que subsisten los elementos principales del contrato convenido y el contrato mismo, que no ha perdido, pese a los cambios indicados, su contenido originario; de otro, la asunción voluntaria por el acreedor de las imprecisiones de la situación pactada, pues la "Caja" bien habituada y especializada en estas operaciones, no determinó que la extinción del contrato de trabajo generara la anticipación del vencimiento de préstamo.
Hay una fórmula de garantía, de que podría servirse, en su caso, la entidad acreedora que fortalece la aceptación de la doctrina expuesta: se trata de la eventual aplicación de lo dispuesto en el artículo 1.128 del Código Civil , de pérdida del derecho de aplazamiento, cuando se dieran las previsiones que dicho artículo establece. Así se apunta en la sentencia con el mero propósito de dar la mayor claridad a las posturas debatidas y sin afán de hacer pronunciamientos anticipados respecto de una materia no suscitada.
(...) Corno se ve, hay un plazo de cinco años de vencimiento, de modo que el deudor habrá de satisfacer los reintegros que cumplía antes del despido, en igual cuantía y periodicidad. Esto es lo que la parte invoca en su recurso, que en su segundo motivo aduce infracción, por no aplicación, de los artículos 1.125, 1.091 y 1.256 del Código Civil . Es cierto que la sentencia ha infringido los preceptos denunciados. La anticipación total de la deuda, cuando lo que se pactó es devolver el préstamo en cinco anualidades mediante plazos mensuales iguales, viola dicho artículo 1091 , que impone el deber de cumplimiento de las obligaciones que nacen de los contratos y en el modo y forma que se contrajeron. También se ha infringido el segundo artículo, 1.125 , pues el acreedor sólo puede exigir la prestación o demandar su cumplimiento a partir de su vencimiento, que convierte el crédito aplazado en realizable o, como dice el precepto "exigible" Y aunque no se esté ante un claro supuesto de infracción del artículo 1.256 según queda expuesto a partir de lo razonado en el fundamento de Derecho anterior, sí hay constancia de las infracciones legales cometidas, que obliga a estimar el recurso y a casar la sentencia de instancia."
En el presente caso, la cláusula en cuestión, que establece la posibilidad de exigir la íntegra devolución del capital pendiente de reintegro del contrato de préstamo suscrito por las partes, a la fecha de la extinción de la relación laboral, teniendo en cuenta que la relación laboral del actor fue resuelta por despido declarado judicialmente improcedente; es claro que ha de declararse abusiva, por impuesta al trabajador, implicar un desequilibrio de derechos y obligaciones y un perjuicio desproporcionado y no equitativo al trabajador prestatario, pues queda en manos del empresario, no solo la extinción unilateral del contrato de trabajo por despido - que es declarado improcedente-, sino también del contrato de préstamo, sin prever alternativa alguna en tal caso, respecto a las condiciones de amortización de futuro del capital pendiente de reintegro; siendo la referida cláusula contraria al orden público laboral, y atentatoria al principio de libertad de trabajo. Así, siendo la cláusula abusiva en los términos planteados, ha de tenerse por no puesta, con las consecuencias inherentes a ello; y es en este sentido que ha de estimarse el recurso de casación para la unificación de doctrina, de modo que el deudor habrá de satisfacer los reintegros que cumplía antes del despido, en igual cuantía y periodicidad.
Distinta solución hubiera merecido el caso, si la cláusula examinada estableciera una posibilidad real, a la vez que no arbitraria de negociarla, de hacer contraofertas o de modificarla; o en definitiva, se hubiera previsto la posibilidad de reconversión del préstamo -si llegara el momento de la extinción de la relación laboral por la causa de despido ("aún declarado improcedente")- a las condiciones ordinarias con abandono de los privilegios extraordinarios concedidos en atención a la condición de empleado en activo del titular de la póliza.
QUINTO.- Por lo expuesto, procede la estimación del recurso; casamos y anulamos la sentencia recurrida y resolviendo el debate en los términos planteados en suplicación, estimamos el recurso de tal clase interpuesto por el ahora recurrente, en el que se denunciaba la infracción del art. 3.1 .c), art. 49.1 .k) y art. 56 ET RCL 1995, 997 , en relación con los arts. 7.2, 1256 y 1288 CC LEG 1889, 27 , en relación con el art. 39 del XVIII Convenio Colectivo de Banca RCL 1999, 2929 por entender el recurrente que las cláusulas de los contratos de préstamo reclamados son nulas y abusivas; y desestimando la demanda, se le absuelve de las pretensiones de la misma. Sin que haya lugar a la imposición de costas, al no concurrir los supuestos del artículo 233 de la Ley de Procedimiento Laboral RCL 1995, 1144, 1563 .
Por lo expuesto, en nombre de S. M. El Rey y por la autoridad conferida por el pueblo español.
FALLAMOS
Estimamos el recurso de casación para la unificación de doctrina, interpuesto por la representación de DON Emilio contra la Sentencia dictada el día 15 de noviembre de 2006 PROV 2007, 144503 por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el Recurso de suplicación 4175/06 , que a su vez había sido ejercitado frente a la Sentencia que con fecha 17 de febrero de 2006 pronunció el Juzgado de lo Social número 25 de Madrid en los autos nº 939/2005, seguido sobre reclamación de cantidad a instancia de BANKINTER S.A. contra el mencionado recurrente. Casamos y anulamos la sentencia recurrida y resolviendo el debate en los términos planteados en suplicación, estimamos el recurso de tal clase interpuesto por el ahora recurrente; y desestimando la demanda, se le absuelve de las pretensiones de la misma. Sin imposición de costas.
Devuélvanse las actuaciones al Organo Jurisdiccional correspondiente ,con la certificación y comunicación de esta resolución.
Así por esta nuestra sentencia, que se insertará en la COLECCIÓN LEGISLATIVA, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- En el mismo día de la fecha fue leída y publicada la anterior sentencia por el Excmo. Sr. Magistrado D. Rosa María Virolés Piñol hallándose celebrando Audiencia Pública la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, de lo que como Secretario de la misma, certifico
Critican... No arreglarem res -
Que mal!!
Potser tú ho haurias fet millor !!!
Dime con quien andas y te dire como eres decía un refrán y dime que criticas y te diré de que pie cojeas podríamos deducir
Si critican i tiran més merda penses que ho arreglaràs, si us plau, canvia de foro... Gracies
para que mal -
yo tambien tengo cojones y de torear desde la barrera pero desde dentor no.
y creo que tu menos
piensalo que dices si no haberte presentado en tu sindicato
Que mal!! -
el lunes todos a BCN -
En mi opinión deberiamos montarles unos follones tremendos para que entiendan que deberán subir, y mucho, las cuantías de las indemnizaciones.
Por otra parte,y quizás lo más importante, si está claro que la generalitat no puede aprobar este ERE, no debemos aceptar ninguna negociación pues si les tiran el ERE no podrán despedir a nadie en 6 meses.
A los que están deseando jubilarse les diría que entiendo que están hasta los huevos de venir a currar, pero que la empresa querrá prejubilarlos con o sin ERE. Que entiendan que ellos solo son la munición que emplea la empresa para presionar al resto de trabajadores.
A los prejubilados les diría que no acepten ahorrarse 33 días de trabajo a costa de despedir a un compañero por 4 duros. Que piensen que el que van a echar es su hijo. ¿Trabajarían esos 33 días si fuese el puesto de trbajo de su hijo el que va ligado al suyo? Claro que eso está en la conciencia de cada uno. Está claro que la empresa utiliza a estos colectivos para abaratar el despido de los demás. La empresa pretende desprenderse ahora por 35-45 días a las personas con menor antigüedad para de aquí a 2 años despedir a los más antiguos por 20 días al tener justificación para el ERE.
jope -
Uno mas -
Rufino -
Se me ha olvidado, hoy a las 15.00h despues de ser visitado por la doctora del Fremap de Martorell me he encontrado con una de las fisios en la puerta y a que no adivinais que me ha dicho????
Ningun Obrero en rehabilitacion, cosa que no se habia producido nunca desde que entramos en esa mutua, debo decir que al primero que operaron fue a mi(Jol), pues eso como ha evolucionado la salud en nuestra "amada empresa".
Rufino -
1º Me pongo farruco, os ofrezco una indemnizacion de 35 dias, etc, etc, etc
2º Me entra la prisa. Esto debe estar pactado para el primero de año y bla bla bla
3º Me descojono del personal (Pensamiento intimo de tronchetti), me cargo a 280, los hago sufrir en Vacacones y Navidad, les pago una mierda dejo pasar tres años tengo perdidas y cierro, con un ERE de mucha mas mierda.
¿ Alguien se cree que estos van a firmar unas indemnizaciones iguales para toda la plantilla la echen ahora o en el 2012 ?
Porfavor creced, pensar como ellos y despues obremos en consecuencia que se oyen las carcajadas de los tios esos hasta en mi casa.
Unidad y Guerra esta debe ser nuestra divisa
wki-2002 -
prestec vivenda pirelli -
UN K TAMBE ESTA KARDAT -
SI TU VAS FER LA HIPOTECA TE LA PAGUES TU.
SI TE LA VA FER LA PIRELLI K PAGUI PIRELLI.
ANIMS COMPANY.
Horacio Echevarrieta -
Bona pregunta!!
... Rumania ... Xina ... Brasil ... a la lluna hi ha la Pirelli ??? -
damia -
SANDRA -
A -
._
Ens han pres el pèl a tots -
Sembla clar que lempresa no vol seguir al Bages com a fàbrica de pneumàtics. Senzillament trobo una grolleria que ens posin sobre la taula el que hi hagi la possibilitat danar a treballar a la Xina, a Romania o al Brasil (que se nenfoten de nosaltres?, els hi hauria de caure la cara de vergonya. Que shan cregut?). Han vingut a negociar, de forma subversiva, el tancament de la fàbrica en tres anys. Ens han estat enganyant. I en el darrer conveni (el de la fàbrica nova), han aconseguit abaratir molt lacomiadament, doncs amb lengany, moltes persones grans que feia molts anys que treballaven a Pirelli, ja no hi son i a més han plegat amb la tercera part dels calers que els hi haurien de donar ara, si els despatxessin. Amb tot el que shan estalviat, ara ja en tenen per pagar-nos als demés. La guerra als despatxos ja ha començat i ens cal anar amb molt de compte, no fos que no ens agaféssim els dits. Cal negociar amb seny i blindar lacord al que sarribi, per tothom, pels que sen vagin ara i pels que marxaran demà, perquè està clar que aquest any ja tenen pèrdues, el proper encara en tindran més i al següent (tres de seguits), ja podran fotre al carrer als treballadors que encara quedin, amb un ERO aprovat de vint dies i només dotze mensualitats. Deixo anar uns dubtes al aire, per si algú mels pot resoldre:
Que pot passar si no negociem i esperem que decideixi ladministració?
Els hi poden aprovar lERO i donar-nos pel ......?
Quins percentatges hi perden els acomiadats (impostos, comissions sindicals, etc...), en cada una de les possibles sortides?
Si es pacta i hi han llistes obertes i per exemple volen plegar cinc persones del mateix equip, posem pel cas tots ells de la bombolla, els deixaran plegar?
El proper any, o laltre, si algú vol plegar, tindrà les mateixes condicions? O només les tindran aquells que els interessi a lempresa?
Nhi ha molts més, però ja els aniré demanant a mida que vegi com evoluciona el tema.
Està clar que el que dóna lempresa és ridícul, ja que el que està fent és una deslocalització i per tant ladministració ho hauria de veure així i no permetrels ni aprovar-los cap indemnització que fos inferior a un acomiadament improcedent. I a partir daquí en amunt, el comitè ha danar a buscar tants dies més com puguin per sobre dels quaranta-cinc i amb el tope que marca la llei (tres anys i mig i no pas els dos i mig que ofereix lempresa).
Salutacions a tots. I un cop més: HEM DANAR TOTS A UNA I NO PERMETRELS QUE ENS TORNIN A ENGANYAR.
cuidadín -
Pero yo pienso que el Echavarri no es más que un mercenario al servicio de los billetes en este caso de la empresa. Mejor cagarse en la puta pirelli, no?
jope -
IDEA!!! -
Cuidado con lo que poneis que este debe poner demandas como el que va al super.
para triste pero... -
Me rio de uno -
Al pringao en concreto sólo se le ha visto el pelo el día que daban butifarras gratis, y encima se pone en primera fila de la mani para salir en las fotos...vaya morro. Lástima que no le vi la cara al saberse posible inscrito en la lista de despachados. Decía el sujeto que a él no le afectaba, que el comité no estaba unido... que pum que pam..... a la calle como todos.
Sólo pido que al que no va a manifestarse, a las asambleas, a donde haga falta, al menos tenga la vergüenza de no criticar las actitudes reivindicativas de los demás compañeros.
Ayer nos acompañó el equipo D, que salían de currar del turno de mañana, con dos cojones. Los del C estábamos de fiesta. Pero de momento C y D somos los que tenemos más HUEVOS.. Bueno, teníamos, porqué ahora forman parte de la fachada del departament del treball y el traje de los abogados. Fue buenísimo y os animo a todos a probarlo.
triste pero asi lo digo -
Pre-jubilados -
a) aceptar el chanchullo de la empresa cobrando 4 duros y no viniendo a trabajar + 1 relevista que se va a la calle por 15000 euros.
b)No aceptar el chanchullo y si me quieres echar me pagas los 35 días por año hasta los 100000. Superbuen negocio que la empresa no va a aceptar.
c)No acepto el chanchullo y me fastidio currando los 33 días que me quedan. Cobro hasta el último día el 100% de mi nómina y me jubilo con la conciencia tranquila.
Creo que la empresa tiene claro que este expediente o es negociado o no se lo van a aprovar. Sabe que tendrá que poner bastantes dias encima de la mesa y por eso quiere echar primero a cuantos más relevistas mejor para ahorrarse pasta.
En los siguientes expedientes ya tendrá pérdidas reconocidas y demostrables y podrá echar a la gente con 20 días.
Guerra guerra guerra -
Guerra guerra guerra -
hasta mas ver... -
Yo, como relevista que por fechas estoy en el lote, solo desearos la mayor de las suertes. En estos casi 5 años que he estado en esta empresa he conocido a gente a la que aprecio de verdad. Me alegra pensar que algunos de mis compañeros a los que conozco están "salvados", aunque solo sea por el momento.
Por mi parte seguiré acudiendo a todas las manifestaciones y cortes como hasta ahora.
Suerte a todos y hasta más ver...
jope -
españa paris o otra capital como por ejemplo portugal -
y si voy a brasil podre jugar a voley en la playa con las brasileñas con minivikinis y culitos respingones?
y si voy a rumania podre...bueno casi todas las rumanas estan aqui trabajando de pilinguis,menudo pais.
LA MADRE QUE LOS PARIO
mierda de 35 dias -
Pido al comite que ponga autobuses el lunes para que podamos ir un buen numero de gente a cagarnos en la madre que los pario.
Menudo plan social que an presentado,estos italianos se creen que esto es rumania o xina?
COMITE NO AL ERE NI AL PLAN SOCIAL,ESTO NO ES UNA EMPRESA EN CRISIS ES UNA DESLOCALIZACION EN TODA REGLA,NO DEIS EL BRAZO A TORCER DURO CON ELLOS Y SI HACE FALTA QUE DECIDA LA GENERALITAT PERO QUE SE RIAN DE JALISCO.
ANIMOS A TODOS Y FUERZA
wki-2002 -
siempre optimista -
Q pena!!!!!! -
Propuesta -
Pues por que no les esperamos a la entrada i a la salida del curro i les damos un poquito de caña?
Que tengan que entrar i salir de la fabrica escoltados, que les tengan que decir a los de italia que propongan algo razonable que si no....
Si esto no se arregla GUERRA GUERRA GUERRA!!
que facil ho tenim -
Quant va començar aquest expedient es va dir a la empresa que la llista dels afectats no surtis a la llum, perquè tots poguéssim defensar els nostres interessos sense saber qui podia estar o no afectat, deixant a la empresa la responsabilitat de triar els qui volia sacrificar. Però ara resulta que la empresa ha posat a un col•lectiu per sacrificar, que son uns 98 els quals si que tenen nom i cognom, trencant així la paraula del secret dels noms de la llista .
Davant aquesta nova situació, si es posa a votació en assemblea la acceptació o no de les condicions d’indemnització dels expedients, seran 700 treballadors que votaran contra 98 la execució de la sentencia . AIXO HO TROBEM JUST ¿ a quina banda ens agradaria estar.
¿ Es just, equitatiu i democràtic que una majoria decideixi en assemblea, ja sigui a ma alçada o be a les urnes el destí d’una petita minoria on es coneixen els noms dels components del grup. Que fàcil es decidir el destí dels altres.
SI SI OK UNO MAS -
jope -
YA -
∑Ḽ ḺﻵṊES ŦŎĐâŜ Ą BДŖИд
uno de barna -
Let -
allssecsmaicouen -
Considero que es una herramienta muy valida para nosotros, poder entrar a un sitio donde estar informado de primera mano y donde todos podemos aportar nuestras ideas o nuestros miedos.
Por lo que parece la situación esta llegando a momentos cruciales y hay gente, que no se da cuenta de la importancia del momento, donde nos estamos jugando el futuro, nuestro y de nuestras familias.
Por eso no entiendo, que este blog lo sigamos usando para faltar a compañeros, y no para estar todos un poco más unidos, porque nos va a hacer falta.
A mi no tiene porque caerme todo el mundo bien, pero ahora prefiero pensar en el pan de mis hijos.
Por otra parte, pienso que una vez la empresa ha quitado la inmunidad a los de sustitución, puede ayudarnos a estar todos mas unidos, hasta ayer habia compañeros que pensaban que esto no iba con ellos.
Los compañeros del comité se encuentran ante una situación que seguro que sera historica y marcara sus vidas al igual que las del resto, a llegado el momento de ir todos a una, dejando nuestras diferencias de lado.
jope -
CON LA CABEZA ALTA -
LA PROPUESTA DE LA EMPRESA SE CAE POR SU PROPIO PESO ES INVIABLE,(NOS QUIEREN ENVIAR A CHINA, POR 200 EUROS AL MES)
ANDA YA¡¡¡ SOLO QUEDA UNA COSA SEGUIR LUCHANDO.
ĜŨƎƦƦǺ Ā ✟
Uno mas -
yo -
Así que creo sinceramente que deberiais dejar de hablar de ella, bastante tiene esta persona con soportar su problema, que aunque no lo crea, mejor dicho, no lo acepte, lo tiene y debería controlarlo.
Podrías pensar en lo que he puesto un poquito?, te iría mejor, és muy triste que te conozcan solo por lo negativo.
Puedes insultarme, aunque ahora pienses que no lo harás porque és lo que quiero, pero hazlo, no importa.
Suerte chica.
SI SI -
jope -
acojonante -
ofertas -
para los que lleven mas de 5 años y no lleguen a 25.000 euros con 35 dias por año se les da los 25mil,y para los que pasen se les da el resultado de 35 dias por año.
No son 35 dias por año mas 25000 euros,la cosa esta separada en diferentes puntos.
VAYA OFERTA DE MIERDA
PP -
He encontrado lo que hace Pirelli frente a la crisis cuando no quiere cerrar una fábrica: SEMANA LABORAL DE 4 DÍAS EN INGLATERRA. Por lo tanto, sí pueden solucionar esto los cabrones.
News & Star "Working week reduced at Carlisle Pirelli"
Friday, 21 November 2008
WORKERS at Carlisles Pirelli tyre factory are to have their working week reduced as a result of the collapse in the global car sales market.
Pirelli factory, CarlisleThe Dalston Road factory will also see an extended Christmas and New Year shutdown as demand for tyres across the world reduces dramatically. The measures will be introduced on Monday.
The decision has been taken after other measures, such as scrapping overtime, failed to produce the necessary savings.
Bosses have refused to reveal how by how much the working week will be reduced and the length of the festive shutdown, because they are still in discussions with unions.
Rumours among the workforce have suggested they will be forced to adopt a four day week.
In a statement Pirelli said: The current economic slowdown is hitting car manufacturers globally on a dramatic scale.
We have seen extended periods of shutdown and factory closures on a dramatic scale.
The company has taken steps already to try and mitigate the effect on employees by reducing to zero overtime wherever possible. Unfortunately these actions do not mirror the unprecedented fall in production experienced in the car industry.
There is therefore a necessity to introduce a reduction in working hours for all our production employees in tandem with an extended shutdown over the Christmas and New Year period.
The reduction in hours is planned to commence from the November 22 2008.
Due to the volatility in the world markets there is a weekly review of the situation and further adjustments to production may be required.
It is the companys wish to reduce the impact of any reductions on the workforce, however there is also a commitment from the company and the unions to protect jobs and the long term future of the Carlisle factory.
Pirelli Industrial in the UK is faring better than the majority of our competitors and has not currently faced the level of shutdown and reduction they are experiencing.
JOLÍN -
Ah! se me olvidaba, no explotes aún, eh?
SI SI -
1. YO TAMBIEN ESTOY ARTO DE VER A MIEMBROS DEL COMITE CON UNA ALEGRIA A MI ENTENDER POCO LOGICA.ADEMAS DE PARECER QUE SUFRAN ALGUN TIPO DE VARIANTE DE LA BULIMIA....
2.ESTO PARA JOPE (Y NO LO QUERIA HACER) VIENDO AL TIPO DE GENTE QUE ADMIRAS TENGO QUE DECIRTE QUE NO ES MUY DIFICIL ADIVINAR EL TAMAÑO DE TU CEREBRO, ¿AHI CON DOS COJONES? SI TODOS HUBIERAMOS TENIDO LOS COJONES DE ELLA CURRANDO Y LIANDO, ESTA SITUACION LA HABRIAMOS PASADO 5 AÑOS ANTES. LO SIENTO PERO ES QUE NO PUEDO PENSAR QUE TODOS Y DIGO TODOS LOS "PERLAS" INCLUIDOS LOS MIEMBROS DEL COMITE QUE HAN DEFENDIDO A MUY MALOS TRABAJADORES, HAN PUESTO COMO DIJO ALGUIEN SU PALADA DE ARENA EN TODO ESTO. EL QUE NO LO VEA ASI, DE VERDAD VIVE EN OTRO PLANETA.
Horacio Echevarrieta -
A-70 -
ofertas -
1. Recolocacions a empreses del grup: 60 places a Romania, 30 a la Xina i 10 al Brasil.
2. Contractacions directes a traves de dues empreses: CREATE i MOA
3. Prejubilacions als 58 anys i possibles sortides a partir dels 55 anys.
4. Jubilats parcials de 63 a 65 anys, que comportaria la pèrdua de 98 llocs de treball de persones rellevistes.
5. Indemnitzacions :
a. persones de menys de 5 anys dantiguitat --- 15.000 euros lineals mínim
b. persones de més de 5 anys dantiguitat ----- 25.000 euros lineals mínim.
c. 35 dies de salari amb un topall de 30 mensualitats o 100.000 euros
Amb la garantia de acollir-se a aquest Pla Social durant els anys que duri el Pla de Viabilitat.
INACEPTABLE SE ESTAN RIENDO DE NOSOTROS
Reunions futures -
jope -
Ah un comentario positivo sobre Chus, eres la mejor con diferencia ahi en primera linea con dos cojones enfrentandote a quien haga falta, tienes en mi un ferviente admirador, animos y no te dejes influenciar por notas o pintadas anonimas y cobardes.
todos a una -
NADIE ESTA A SALVO COÑO ESTO ES UN CIERRE CON MAYUSCULAS,UNOS AHORA Y EL RESTO EN MARZO Y LOS QUE QUEDEN A UNO O DOS AÑOS COMO MUCHO Y LO DUDO QUE SEA TANTO.
COLGAR LOS "COMITE INFORMA" EN LA PAGINA DE CCOO O POR DONDE SEA JOER QUE SEPAMOS LA INFORMACION DE PRIMERA MANO.
weekender -
1.-Para anonimo: decirte que estoy de acuerdo contigo, si de algo estoy contento es de ver el apoyo que ha habido en todas las movilizaciones por parte de ese sector de la plantilla que formais los de substitucion, osea que animo y que esto no es cosa de unos pocos ya que estamos todos implicados, bueno todos no. Los del comite no, "de momento". Que gran detalle seria que alguno diera el paso adelante y dijera que no acepta su inmunidad y que se equipara con el resto de trabajadores, pero eso no pasara...
2.-Yo he estado en todas las movilizaciones, no por peticion del comite, sino por convincion propia. Creo que hay que luchar por nuestro puesto de trabajo y punto, como sea y donde sea hasta las ultimas consecuencias. Solo que hoy me he venido un poco abajo por comentarios que llegan de que si esta todo pactado y que hacemos el paripe, solo un ejemplo: estabamos hoy sobre las 14:30 h. esperando que salieran los representantes de la empresa para ponerlos de huevos hasta las cejas y algunos de nuestros representantes sindicales en vez de ponerse en primera linea de fuego estaban poniendose las botas comiendo como marqueses mientras los subditos esperabamos en la calle la salida de estos.
Que hay de verdad en lo que se dice que ya esta pactado 63 dias por año trabajado mas un incentivo?????
Por ultimo hacer una mencion especial de agradecimiento para esos compañeros que han trabajado de noche y sin dormir han venido a barcelona, llegando a casa a las 4 de la tarde y teniendo que volver hoy a currar.
Otra q estuvo en bcn -
Horacio Echevarrieta -
A caso dudaste alguna vez de que todos estabamos en el mismo barco???? O creias que eras intocable!!
anonimo -
Que seran para algunos y no para todos, como es mi caso. Pues bien, quizas que nos dejemos de una vez por todas, y vayamos de una PUTA VEZ, TODOS A UNA!!!! La cosa está muy seria.
Mis felicitaciones a los que estamos siempre en todo.Y, en especial al equipo D que si no fuera pq se pidio que nos dieran las horas de huelga, en barna no había ni dios.
La tortilla se ha girado de una manera brutal.De golpe y porrazo, los de relevo estamos casi todos y digo casi todos en la cuerda floja.Mas de uno debe de estar riendose de nosotros y pegando saltos de alegria.
BIEN, ES EL MOMENTO DE QUE LA PLANTILLA DEMUESTRE QUE ESTAMOS UNIDOS
ME GUSTARIA QUE AHORA QUE LA COSA HA CAMBIADO TANTO, DEMUESTRE LA PLANTILLA EL APOYO A LOS DE RELEVO. A VER SI HACEIS LO MISMO QUE HEMOS ECHO NOSOTROS HASTA AHORA.
ES EL MOMENTO DE DEMOSTRAR QUIEN ESTA EN ESTO Y QUIEN NO.
A VER QUANTOS DE VOSOTROS OS TIRAIS A LA CALLE A APOYARNOS COMO HICIMOS NOSOTROS.
ESPERO LLEVARME UNA GRATA SORPRESA!!!!
QUE LES DEN -
Por otra parte, yo soy relevista y con esos 15000 ni siquiera recupero la pasta que perdí en los 4 primeros años (20+15+10+5%= 50%). Medio año trabajando gratis para financiar mi despido. Tocate los cojones!!!
A Rumania, Brasil o China va a ir su puta madre. Eso lo han puesto por poner, para acabar de llenar el folio.
Hemos de liarla gorda ya para que la Generalitat ni se plantee siquiera aprovar el ERE.
El comite, en mi opinión, debería convocar una asamblea para el lunes o el martes a mas tardar. Que los asesores estudien las posibilidades en los próximos 4 días y que nos expliquen el qué.
Saludos y suerte a todos.
YO TMBN ESTVE EN BARNA -
NO SERAS AQUEL QUE IBA BORRACHO EN LA ULTIMA MANI DE BARCELONA?
Y PORKE NO DIMITIO ESTE SEÑOR?
ES QUE NO TIENE VERGUENZA?
comunicados comite -
EL DE AYER Y EL QUE PONGAIS HOY,GRACIAS.
LA MANI DE HOY A ESTADO BIEN SOBRE TODO EL CHORRO DE HUEVAZOS QUE SE A LLEVADO LA ENTRADA DE CRISTALES AJAJAJAJ
SI ESTO NO SE ARREGLA HUEVO HUEVO HUEVO
esto huele a cierre,pero ya!!! -
y para el desde barcelona me parece que los numeros no quadran,no puede ser que uno que lleve 7 años cobre mas indemnizacion que uno que lleve 13 años.
Aparte que se metan los 35 dias por año por el puto culo el tronchetti, si esto es un cierre de 70 dias no vajamos ni un euro.
El viernes hay pleno del comite para hablar como van a atacar la proxima reunion que es el dia 1 de diciembre si no hay nada por medio,PIDO AL COMITE QUE NO SE DEJEN INTIMIDAR NI METER MIEDO,ESTAMOS TODA LA PLANTILLA EN ESTO,SI NO HAY ACUERDO QUE SE LLEVEN EL ERE A LA GENERALITAT Y QUE DECIDAN,ESTE ERE NO PUEDE SER VALIDO NO TIENE NINGUNA DE LAS PAUTAS QUE SE PIDEN PARA SER VALIDO,Y SI LA GENERALITAT ESTA COMPRADA Y LO ACEPTAN SERA EL MOMENTO DE QUEMAR PIRELLI Y QUEMAR LA GENERALITAT Y AL ITALIANO.
ANIMOS Y A CONTINUAR LUCHANDO QUE LO ESTAMOS HACIENDO BIEN SI PIRELLI QUIERE IRSE QUE PAGUE!!!!!
guerra guerra guerra
a las barricadas ya!!! -
Debemos hacernos fuertes en fábrica. Tenemos de todo para que los mossos o quien sea no pueda entrar. Es la única manera de que se monte gorda y salgamos en todas las televisiones y jodamos la imagen de la empresa.
Y a la Generalitat, supongo que se les habrá avisado por lo civil y por lo criminal de que este ERE no lo pueden aprovar.
La cosa está que arde, y nosotros tenemos neumáticos por un tubo para quemar...
desde barcelona -
La cosa está muy malamente. Ya se están barajando precios, números, días... despidos.
Lo último era:
15.000 euros lineales a los que lleven menos de 5 años.
25.000 euros a los que lleven de 5 a 8 años más 35 días por año.
El resto, 35 días por año hasta un tope de 100.000.
A la puta calle van todos, y me explico. Los de contrato de relevo están en la lista, con el agravante que el prejubilado al que sustituye forma una unidad con el. es decir, echan a los 2 y sólo se cuenta por 1. Hay 98 trabajadores de relevo.
Una lista cerrada más con de 70 a 80 nombres de "indeseables para la empresa" que van a la puta calle sí o sí.
Prejubilaciones a partir de los 58 años.
Tienen el detalle de reservarnos 90 puestos de trabajo repartidos a partes iguales, de 30, en China, Rumania y Brasil, claro está, con las condiciones laborales de cada país.
Y... de momento así va la cosa a las 13.30 horas. Para que los que no habeis venido sepais como va la cosa.... la cosa está muy malamente.
HASTA LOS HUEVOS -
por eso hay que ser pacientes y si cortamos carreteras en vez de enfrentarnos a ellos hay que vender nuestro problema y que lo entiendan, no vams contra ellos pero en cambio los utilizamos y vale mas que sean amigos que no enemigos.
otro tema, los 280 a la calle, de eso no nos salva ni DIOS, y la fabrica no tiene futuro, por lo visto . pues entonces ahora hay que sacar el maximo posible de dinero para los que nos vallamos y como minimo hay que empezar las negociaciones con 100 dias y sin coparlo y no bajar en ningun monmento de 70. y el "señor" rusman ayer ya vino a preparar el proximo convenio metiendo mas miedo y diciendo que el primer trimestre dira algo, primer trimestre suena cuando empice el convenio para quien se quede.ANUNCIO PARA EL "SEÑOR COMITE" no tengais miedo, una cosason los despidos y otra el convenio nuevo no lo mezcleis despido 100 dias, convenio nuevo de LUNES A VIERNES, todo lo ue no sea eso sera malo. ESCUCHAR A LOS TRABAJADORES DE PIRELLI no sus AMOS
afectado seguro -
CON LA CABEZA ALTA -
CON LA CABEZA ALTA -
EN LA MANIFESTACION DE HOY SALIERON TRES AUTOCARES, Y ESTAN HACIENDO AHORA MISMO RUIDO MUCHO MUCHO RUIDO, MI APOYO DESDE AQUI, YO VOY DE TARDE, JODER, POR ESO NO PUDE IR...PERO DESDE AQUI GRITO:
GUERRA GUERRA GUERRAAAAAAAAAAAAAAA¡¡¡¡
☺
rufino -
La estrategia de Pirelli es hacer duros a peseta y ya sabemos como acabó el tema cable en Vilanova, las Telecos que se vendieron en Italia (No producian los beneficios que ellos creian) y su inmobiliaria, que al parecer empieza ha tener perdidas muy significativas y yo creo que por estas nos vamos a la mi.....
Bueno pues nada, con su pan se lo coman. Igual si saliera un marquista con dos cojones. Habremos de lanzar un S.O.S. a Michelin. animo y como minimo 60.000 lineales y a los que pasen 70 dias minimo.Eso por mentirosos, que nosotros ya cumplimos y si no demanda civil. GUerra
Molt graciós -
edquina -
PP -
SINDACATO E I LAVORATORI CHIAMANO, RIUNIONE A PALAZZO COMUNALE
Martedì 25 novembre, alle 15.30, presso il Palazzo Comunale di Figline summit interistituzionale con RSU Pirelli e FIOM, FIM, UILM
FIGLINE VALDARNO (FIRENZE) - Mentre il gruppo Pirelli annuncia delocalizzazioni e investimenti in Cina, Romania, Russia, Egitto, rende noto a livello nazionale i primi licenziamenti a freddo a partire dalle sue collegate (immobiliari, pneumatici, spa e informatica) con 190 espulsioni a Milano e 450 dipendenti dello stabilimento di Figline Valdarno (che produce corda dacciaio per la costruzione di pneumatici) messi in cassa integrazione ordinaria, fra i quali 11 contratti interinali non rinnovati.
Secondo Andrea Calò (Prc), Presidente della VI Commissione Consiliare della Provincia di Firenze: "Si tratta di un fatto grave che va al di la della semplice recessione in atto nel paese, poiché dalle strategie del gruppo Pirelli si intravede solo una strada speculativa legata alla solita logica del massimo profitto".
"Una situazione da accertare, in tutta la sua devastante dinamica, in quanto la strada datoriale intrapresa di scaricare sul lavoro e sulloccupazione i costi delle scelte aziendali, fa intravedere unincertezza sul futuro dello stabilimento e un ulteriore impoverimento del modello di sviluppo valdarnese, già messo a dura prova negli anni scorsi con la chiusura di quattro fabbriche a Rignano, due a Reggello e una parziale delocalizzazione di unaltra impresa".
"Per questo motivo - continua Calo' - ho proposto al Sindaco di Figline Valdarno di intervenire immediatamente sulla cassa integrazione alla Pirelli, non solo quale atto di attenzione e di solidarietà, ma come messaggio concreto delle istituzioni a difesa delloccupazione, del salario, dei diritti in generale e della stessa presenza dello stabilimento".
Martedì 25 novembre 2008, alle ore 15,30, la VI Commissione del Consiglio Provinciale, che si occupa dei problemi del lavoro, alla presenza del Sindaco, è stata convocata unaudizione delle organizzazioni sindacali presso il Palazzo Comunale di Figline Valdarno con FIOM CGIL, FIM CISL, UILM UIL e le rispettive rappresentanze aziendali (RSU).
loteria -
el numero fue elegido por la cooppi entre varios que dieron a elegir por la terminacion maldita del 280.OJALA POR ESTA TERMANACION NOS TOQUE UNA BUENA INDEMNIZACION DE 300000EUROS,porque me parece que pirelli no quiere soltar un duro los mamones.
ANIMOS A TODOS Y MAÑANA PARA BARCELONA A ABUCHEAR A LOS ABOGADOS DE LA EMPRESA Y A LOS MERCENARIOS DE PIRELLI QUE ESTEN ALLI,LASTIMA QUE A LA DE HOY NO PUEDA IR....
HABER SI PONEIS ALGO DE LA REUNION DE ESTA NOCHE EN ESTE BLOG O EN LA PAGINA OFICIAL.
Horacio Echevarrieta -
- Esta bien que los trabajadores tengan ideas y hagan propuestas, pero creo que hay que mirar el trasfondo de la cuestión. Si no tengo mal entendido las manifestaciones convocadas por los trabajadores, son debidas en gran parte a la pasividad del Comité a la hora de hacer actos reivindicativos. Se nos comunica en Julio que sobran 280 y empezais a reaccionar en Octubre ( 4 meses).
- Dices: " toda la vida de Dios, criticando al Comité porqué no escuchaba a los trabajadores y ahora que los escucha y los secunda, todo son críticas". Yo creo que escuchais al trabajador porque vais bastante desorientados, por no decir muy perdidos, otras veces no nos habeis escuchado tanto al trabajador, no se recuerdo las votaciones del último convenio cuando los obreros no queriamos aquel convenio ( asi lo demostraron las urnas) y nadie del comité nos recordo " la importancia y la fuerza de las ideas colectivas"(¿¿??) de Lennin.
- Que la situación económica es difícil, eso salta a la vista, pero yo me pregunto: ¿ Como puede ser que en 5 meses habia una perspectiva de hacer una nueva fábrica y en tan poco tiempo se a desvanecido todo?. Aqui pasamos de cero al infinito con una facilidad pasmosa.
Creo que los trabajadores ( me refiero a los que permanecemos 8 horas a pie de máquina haciendo la producción), estamos demostrando una gran actitud y civismo en todos nuestros actos realizados y espero que sigamos así, nunca dude de la capacidad reivindicativa de esta plantilla.
El número de loteria de Navidad de Pirelli es el 73280 que curioso.
parlant de brainstorming -
electra -
jope -
62589 -
Carai amb el Regió7 Santi! el diari amic li dedica un anunci gratis a primera pàgina el dia que el tal fabrizzio corre per aquí, poca ètica i menys estètica no?
A TV3 la nostra, el senyor Huget parla de "marca" no de fàbrica. Podria estar parlant del seu estimat I+D i un simple magatzem logístic?
No crec que siguis incapaç de compendre les crítiques al comité, i recorda que es el faixisme!!el teu blog ha donat veu a insults i desqualificacións personals cosa sorprenent pq pensava que supervisaves la publicació i fins i tot en SENSURAVES d'ofensives.
Recordem Lennin te moltissimes frases tmb aquesta: - Una mentida repetida sovint es converteix en veritat.
CUIDADO¡¡¡¡¡ -
TRAEN DE ALEMANIA LA GOMA MALA, A QUE PRECIO SE LA COMPRA MANRESA?
CON LA CABEZA ALTA -
"Ante esta situación, ¿Tenemos la fuerza y la capacidad de influencia suficiente para hacer cambiar a la multinacional de opinión?
Si la respuesta es si, las movilizaciones deberán ir encaminadas a este fin. Y la mejor manera es promover un boicot a la marca Pirelli."
HASTA AHÍ BIEN, Y ES LO UNICO QUE NOS TENEMOS QUE PLANTEAR, DISCUTIR, LAS INDEMNIZACIONES..NO¡¡ JODER NO TE RINDAS, NI TU , NI NADIE, NI UN PASO A TRAS ...VALE QUE ES CANSADO, VALE QUE ESTAMOS QUEMADOS, PERO HAGAMOS DE NUESTRO CANSANCIO FURIA Y PLANTEMOS CARA, ESTA SITUACION ES DIFICIL, MUY DIFICIL, PERO UNIDOS LO PODEMOS CONSEGUIR, CON LOGRAR QUE NO APRUEBEN EL ERE, YA TENDREMOS UNA GRAN VICTORIA Y 6 MESES MAS DE PLAZO PARA LIJAR FLECOS.
SIGO PENSANDO QUE SEGUN LO QUE DIGAN HOY, O MAÑANA TENDRIAMOS QUE PLANTEARNOS ENCERRARNOS EN FABRICA, VALE QUE LES HACEMOS UN FAVOR POR QUE NO HAY PEDIDOS, PERO SERIA LA MANERA DE QUE TODO EL MUNDO SUPIERA DE LA LUCHA DE PIRELLI, tambien se puede utilizar de chantaje, a los directivos de pirelli no les hara gracia saber que estamos dispuesto a hacerlo,Y BUENO, A LOS QUE PIDEN 45 DIAS POR AÑO..45¿???????¿?????? QUE COJONES, MINIMO 100 Y 12000 EUROS LINIALES PARA CADA TRABAJADOR, QUE NOSOTROS , LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE PIRELLI VALEMOS MUCHO.
ANIMOS Y FUERZA PARA TOD@S
CON LA CABEZA ALTA -
NO HAY QUE PEDIR INDEMNIZACIONES PARA 280 NI PARA TODA LA PLANTILLA, HAY QUE LUCHAR PARA QUE NO SE MARCHE NADIE, ES NUESTRA LUCHA, ESTOY DE ACUERDO EN QUE LA HUELGA NOS PERJUDICARIA, PERO SEGUN LO QUE DIGAN EL MIERCOLES TENDRIAMOS QUE PLANTEARNOS EL ENCERRARNOS EN FABRICA, Y QUE SE SEPA EN TODO EL MUNDO QUE LOS TRABAJADOR@S DE PIRELLI ESTAN EN LUCHA,y de paso de lo hijosdeputa que son troncheti y compañia, que muchas fotitos de africa, y se dedica a hundir a europa.
ANIMOS Y A POR TODAS.
ASTROLOGO -
RDA -
Resistir es vencer, ahora estamos dominados por la moda de llevar la produccion a rumania; la fabrica de pirelli de manresa no puede desaparecer por culpa de dirigentes ineptos de la multinacional Pirelli que són tan ineficientes que no sirven adecuadamente ni a los acionistas de la compañia ni tienen la visión de defensa del capitalismo que demostro tener Keines.
videos manis pirelli -
http://www.youtube.com/watch?v=kQ-xZXXnWjQ
http://www.youtube.com/watch?v=yqYY6LSTE34
indemnizaciones -
esto si no canvia mañana huele a cierre en tres años dices tu,yo creo que a menos de dos años,total que creo que el comite tendria que sacar la maxima indemnizacion ahora para los 280 que vayan a la calle y con los papeles presentados facilmente se puede sacar de 45 a 70 dias.
y para el resto ya se pactaran las indemnizaciones a su debido tiempo, NO NEGOCIEMOS UNAS INDEMNIZACIONES A TRES AÑOS Y LES REBAJEMOS LAS INDEMNIZACIONES A LOS 280,PODIENDO COBRAR AHORA 60 DIAS QUE SE VAYAN CON 40 POR EL PACTO A TRES AÑOS!!!
EL QUE SE VAYA AHORA QUE SE VAYA CON EL MAXIMO QUE EL QUE SE QUEDE DOS O TRES AÑOS MAS EN FABRICA SEGUIRA COBRANDO BIEN A FIN DE MES Y DESPUES PODRAN LUCHAR POR SUS INDEMNIZACIONES COMO AHORA .
YA SE QUE EL COMITE SE QUEDARA HASTA FINAL DE LA FABRICA PERO NO JODAIS A LOS 280 QUERIENDO ARREGLAR VUESTRAS INDEMNIZACIONES PARA DENTRO DE TRES AÑOS, EL QUE SE VAYA AHORA LASTIMA Y LOS QUE SE QUEDEN YA SE ESPABILARAN CUANDO LES TOQUE.
damia -
sandra -
jubilado de Pirelli -
TREBALLADORA PIRELLI -